Formar una cooperativa en Chile es un proceso que permite a un grupo de personas unirse con un propósito común, ya sea productivo, de consumo, de trabajo, agrícola, entre otros. Las cooperativas se rigen por principios democráticos, donde cada persona asociada tiene voz y voto, y buscan el bienestar colectivo por sobre el lucro individual.
A continuación, se detallan los principales pasos para constituir una cooperativa en Chile:
- Reunir al grupo interesado
Lo primero es conformar un grupo de personas (naturales o jurídicas) que compartan un objetivo común. La ley chilena exige un mínimo de 5 personas para formar una cooperativa de trabajo, y al menos 10 personas para otras formas de cooperativas (como de servicios, de vivienda, de consumo, etc.).
- Definir el tipo de cooperativa
Es importante definir qué tipo de cooperativa se quiere formar según el objetivo común del grupo. En Chile, existen distintos tipos, entre ellos:
Cooperativas de trabajo asociado
Cooperativas de consumo
Cooperativas agrícolas o campesinas
Cooperativas de vivienda
Cooperativas de servicios
- Redactar los estatutos
Los estatutos son el documento base de la cooperativa. Establecen su nombre, objeto social, domicilio, requisitos para ingresar o retirarse, derechos y deberes de las y los socios, estructura organizativa (asamblea, consejo de administración, junta de vigilancia), y el sistema de distribución de excedentes. Este documento debe ajustarse a lo establecido en la Ley General de Cooperativas (Ley N° 19.832) y sus reglamentos.
- Realizar la asamblea constitutiva
El grupo fundador debe reunirse en una asamblea constitutiva donde:
Se aprueban los estatutos.
Se designan los primeros órganos de administración y vigilancia.
Se aprueba el capital inicial.
Es importante levantar un acta de constitución con todos los acuerdos adoptados y las firmas de los socios fundadores.
- Protocolizar la documentación
Tanto los estatutos como el acta de constitución deben ser protocolizados ante notario público. Esto da validez legal a los documentos.
- Inscribir la cooperativa en el Registro de Comercio
Con la documentación notarial, se debe inscribir la cooperativa en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente al domicilio social.
- Publicar en el Diario Oficial
Se debe publicar un extracto de la escritura de constitución en el Diario Oficial, dentro de los 60 días siguientes a la firma de la escritura.
- Obtener el RUT e iniciar actividades
Una vez constituida legalmente, la cooperativa debe inscribirse en el Servicio de Impuestos Internos (SII) para obtener su RUT y declarar el inicio de actividades.
- Registrar la cooperativa en el Departamento de Cooperativas
Finalmente, la cooperativa debe inscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas, administrado por el Departamento de Cooperativas (DECOOP) del Ministerio de Economía. Este paso permite la fiscalización y supervisión adecuada del funcionamiento cooperativo.
¿Y después?
Una vez constituida, la cooperativa debe operar de forma democrática, realizar reuniones periódicas, rendir cuentas a sus asociados y cumplir con sus obligaciones legales y tributarias. También es posible acceder a apoyo técnico o financiamiento a través de fondos públicos que promueven la economía social y cooperativa.
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